Informe anual de supervisión 2024 de la OIReScon
La Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación Pública (OIReSCON) ha publicado los restantes Módulos que componen el Informe Anual de Supervisión (IAS) 2024 -cabe recordar que en el mes de julio se publicó el Módulo I, en el mes de agosto los Módulos II a IV en el mes de octubre los Módulos V y VI y en el mes de diciembre los Módulos VII a IX.
– Módulo X. Los Órganos de control en materia de contratación pública, dividido en dos partes:
1. Primera parte: Los órganos de control interno en materia de contratación pública.
EL RECURSO ESPECIAL EN MATERIA CONTRACTUAL: en la que, se extraen, entre otras conclusiones, que los objetos de recurso más habituales se concentran en la «adjudicación», los «pliegos» y la «exclusión»; que los recursos contra la «adjudicación» han sido más numerosos (38,53% del total de recursos) y, además, son los que más se han estimado (40,31% del total de recursos estimados total o parcialmente); y que el alto porcentaje de inadmisión y archivo (que suman el 30,06%), apunta a un cierto abuso de la figura del recurso especial o un planteamiento erróneo por parte del recurrente.

Por otro lado, y en lo que a la causa se refiere, se indica que parecen confirmarse las áreas de riesgo identificadas en pasados ejercicios: la motivación de la resolución de adjudicación; la redacción y definición de los criterios de adjudicación en los pliegos; la justificación y desglose del PBL o del VEC; la justificación de las «exclusiones» de los licitadores; y la justificación y comprobación de la «solvencia» y de las «ofertas anormalmente bajas».
Además, entre otras conclusiones adicionales, se señalan las siguientes: que se ha constatado un descenso en el tiempo medio de tramitación de los recursos (de 71,87 a 43,5 días naturales); que ha descendido la solicitud de pruebas periciales en el procedimiento de resolución del recurso en materia de contratación (de 32 a 8), aunque su celebración ha aumentado (de 3 a 6); y que el volumen de recursos contra las formalizaciones de los encargos a medios propios y las modificaciones contractuales es anecdótico.
2. Segunda parte: Los órganos de control interno en materia de contratación pública.
LOS ÓRGANOS DE CONTROL ECONÓMICO FINANCIERO INTERNO EN MATERIA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA: en la cual, en cuanto al control previo, se indica que en el ámbito del control interno autonómico, siguen existiendo limitaciones en la explotación de la información por parte de las correspondientes Intervenciones que impiden facilitarla con los criterios solicitados por la OIReSCON, lo que ha dificultado la obtención y tratamiento de datos uniformes. En relación con el control posterior, se señala que en el ámbito autonómico, las irregularidades detectadas son, entre otras: las asociadas a la utilización indebida de la contratación menor, con fraccionamiento en la contratación y concatenación de contratos, eludiendo la aplicación de procedimientos de adjudicación que fomentan la publicidad y concurrencia (39,74%); y que son reseñables también la insuficiente justificación de la naturaleza y extensión de las necesidades a satisfacer, así como de la idoneidad del objeto del contrato, con un 23,58%, la ausencia de formalización de un acto de recepción o conformidad o que este adolezca de irregularidades, incluyendo el incumplimiento del plazo para el mismo y el incumplimiento de los plazos de pago, ambas con un 22,71%.
LOS ÓRGANOS DE CONTROL EXTERNO EN MATERIA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA. El Tribunal de Cuentas y los órganos de control externo (OCEX): en la que se indica que, desde la perspectiva de las fases del expediente de contratación, tanto en el ámbito estatal, como autonómico y local, la mayoría de las irregularidades detectadas se concentran en la fase de preparación del expediente; y que a mayor abundamiento, una parte significativa de las irregularidades detectadas en la fase de ejecución de los contratos se debe a una incorrecta planificación y preparación de estos.
– Módulo XI. La profesionalización en la contratación pública: el cual se configura siguiendo la estructura establecida en la Recomendación de 3 octubre de 2017 «Construir una arquitectura para la profesionalización de la contratación pública». En la primera parte, relativa a los recursos humanos, se extraen, entre otras conclusiones, que en 2023 se ha incrementado el número de actividades formativas y el de horas dedicadas a la formación en materia de contratación pública, si bien, sólo este último indicador se aproxima a la situación previa a la pandemia, momento en el que se alcanzaron los valores máximos en ambos parámetros; y que se pone de manifiesto el déficit de formación en contratación pública en la formación de nuevo ingreso.
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Por otro lado, en la segunda parte, referida a «Los sistemas y herramientas de apoyo. La contratación electrónica», se concluye que en el año 2023 se han producido avances en cuanto al acceso a la información con relación a la modalidad de presentación de la oferta en algunas plataformas de contratación autonómica, si bien continúa existiendo una falta importante de acceso a datos abiertos y reutilizables en la mayoría de estas plataformas autonómicas, no permitiendo identificar el porcentaje de implantación de los servicios de licitación electrónica; que viendo la progresión de los datos de los años 2022 y 2023 se confirma la consolidación de la contratación electrónica como medio preferente en las licitaciones, alcanzando un alto grado de cumplimiento de la obligación establecida en la LCSP; y que por parte de las plataformas de contratación se están realizando importantes esfuerzos y mejoras en las funcionalidades de la contratación electrónica de cara a facilitar información y la tramitación de la licitación tanto a órganos de contratación como a los licitadores.
Más información en: https://www.hacienda.gob.es/es-ES/Oirescon/Paginas/ias.aspx

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Diana Gordo Cano
Directora General de LitiNet.com
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