Cuando una oferta es identificada como anormalmente baja o temeraria, el órgano de contratación está obligado a realizar un requerimiento de justificación dirigido a la empresa licitadora. Este proceso está regulado por el artículo 149.4 de la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP), y tiene como fin que la empresa aclare los motivos de su propuesta, proporcionando garantías sobre su viabilidad técnica y económica. A continuación, se detallan los aspectos fundamentales que debe contener este requerimiento y el proceso que lo acompaña.

Es un trámite muy importante, ya que la falta de motivación de este escrito puede dar lugar a la exclusión de la licitación. 

Algunas cuestiones que debes conocer: 

1. Requerimiento de justificación: contenido y formulación

El requerimiento de justificación debe realizarse por escrito y debe cumplir con los siguientes requisitos esenciales:

  • Motivos de la anormalidad: El documento debe exponer claramente las razones por las cuales la oferta ha sido considerada anormal o temeraria. Esto puede estar relacionado con un precio considerablemente más bajo que el promedio del mercado, una desproporción en los costes respecto al servicio o producto ofrecido, o cualquier otra circunstancia que genere dudas sobre su viabilidad.
  • Plazo adecuado: Se debe conceder a la empresa un tiempo razonable para que presente la justificación solicitada. Este plazo debe respetar los tiempos mínimos establecidos por la normativa vigente, garantizando que la licitadora tenga la oportunidad suficiente para preparar y presentar una defensa sólida de su oferta.

El objetivo de este requerimiento es proporcionar a la empresa la oportunidad de acreditar la viabilidad de su oferta, argumentando que los precios bajos se deben a factores legítimos como eficiencias en los procesos, descuentos en los suministros, innovaciones técnicas, o cualquier otra razón que explique el diferencial de costes.

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2. Artículo 149.4 de la LCSP: Procedimiento y detalle

De acuerdo con el artículo 149.4 de la LCSP, cuando la mesa de contratación, o en su defecto el órgano de contratación, identifique una o más ofertas incursas en presunción de anormalidad, está obligada a requerir al licitador para que justifique razonada y detalladamente las causas del bajo precio o coste de su oferta.

En particular podrá solicitar aclaraciones sobre los siguientes aspectos:

  • Ahorros en procesos de fabricación o prestación de servicios: Explicaciones sobre cómo el método de producción, construcción o la prestación de los servicios genera ahorros significativos que justifican el precio ofertado.
  • Soluciones técnicas adoptadas: Justificación de que la adopción de tecnologías o procedimientos innovadores permiten obtener una ventaja económica que respalda la propuesta.
  • Condiciones favorables: Detalle de las circunstancias excepcionales, como descuentos en suministros, condiciones favorables de subcontratación o cualquier otra ventaja que pueda explicar la competitividad del precio.
  • Cumplimiento normativo: Acreditación de que la oferta respeta las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral, y que no vulnera la normativa sobre subcontratación o convenios colectivos sectoriales vigentes. Las ofertas que no cumplan con estas normativas serán automáticamente rechazadas.
  • Ayudas o subvenciones estatales: En caso de que la empresa haya recibido una ayuda pública que impacte en la oferta, deberá demostrar cómo esta subvención contribuye a reducir los costes.

3. Claridad y objetivo del requerimiento

Es fundamental que el requerimiento de justificación sea formulado de manera clara y específica, de modo que la empresa licitadora pueda comprender con exactitud qué aspectos de su oferta están siendo cuestionados. De este modo, podrá presentar la información y documentación pertinente para justificar la viabilidad de su oferta. El órgano de contratación debe estar en condiciones de recibir argumentos detallados y suficientemente explicativos para despejar cualquier duda sobre la oferta.

Asimismo, en el procedimiento de justificación, el órgano de contratación deberá solicitar el asesoramiento técnico necesario, dependiendo de la naturaleza del contrato (por ejemplo, en proyectos de ingeniería, arquitectura, o tecnología), a fin de evaluar de manera adecuada la documentación aportada.

4. Rechazo de ofertas

En todo caso, las ofertas temerarias serán rechazadas si se comprueba que no respetan las normativas vigentes en aspectos clave, tales como:

  • Subcontratación, si esta es utilizada para evadir las obligaciones laborales o sociales.
  • Vulneración de los convenios colectivos sectoriales vigentes.
  • Incumplimiento de las normativas medioambientales.

Es importante destacar que una oferta será considerada insuficientemente justificada si la información proporcionada por la empresa es incompleta o si se basa en hipótesis o prácticas inadecuadas desde el punto de vista técnico, jurídico o económico.

Requerimiento de justificación en ofertas temerarias

5. Aspectos clave que la empresa debe acreditar

La empresa licitadora deberá presentar un documento de justificación en el que demuestre la viabilidad técnica y económica de su oferta. Algunos de los puntos clave que debe cubrir son:

  • Metodología de ejecución: Descripción detallada de cómo se llevarán a cabo los trabajos o servicios en los plazos y términos establecidos. Es vital demostrar que, pese a un precio más bajo, el proyecto se ejecutará conforme a las exigencias técnicas requeridas.
  • Ajuste de costes: Explicación sobre los precios más bajos, demostrando que se deben a condiciones legítimas como descuentos en la compra de insumos, optimización de procesos, o economías de escala.
  • Garantías de calidad: Asegurarse de que el bajo coste no afectará la calidad de los servicios o productos ofrecidos. Este es un punto especialmente sensible, ya que una reducción significativa de costes no debe comprometer la correcta ejecución del contrato.

6. Evaluación del Informe de Viabilidad

Una vez recibida la justificación por parte de la empresa, la mesa de contratación o el técnico responsable deberá elaborar un informe de análisis de viabilidad. Este informe debe evaluar detalladamente los argumentos presentados y responder a la pregunta de si la oferta es económicamente sostenible y viable en términos técnicos. Los pasos clave de este proceso son:

  • Evaluar cada justificación ofrecida por la empresa.
  • Verificar la viabilidad real de la oferta en términos económicos y plazos.
  • Concluir si se admite o no la oferta, basándose en los resultados de este análisis.

7. Contenido del Informe Técnico de Viabilidad

El Informe Técnico de viabilidad debe estructurarse de manera clara y precisa, incluyendo:

  • Introducción: Exposición del objeto del informe y los antecedentes de la oferta considerada anormal.
  • Análisis: Revisión detallada de la documentación justificativa presentada por la empresa, evaluando cada uno de los puntos mencionados en el requerimiento.
  • Conclusión: Resumen del análisis, con una decisión final sobre la viabilidad de la oferta.

Este informe es un documento clave que debe estar firmado por el técnico responsable o el redactor del mismo, asegurando la transparencia y rigor del proceso de evaluación.

Cuando una oferta es identificada como anormalmente baja o temeraria, el órgano de contratación está obligado a realizar un requerimiento de justificación dirigido a la empresa licitadora. Compartir en X

Consideraciones Finales al requerimiento de justificación en ofertas temerarias

El propósito final del proceso de justificación es aclarar las dudas sobre una oferta temeraria. De acuerdo con la jurisprudencia del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (TACRC), la justificación no requiere necesariamente un desglose exhaustivo de cada componente del coste, sino que basta con que el licitador ofrezca argumentos razonados y sólidos que permitan al órgano de contratación estar convencido de que la oferta es viable y ejecutable dentro de las condiciones del contrato.

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Diana Gordo Cano
Directora General de LitiNet.com

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